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Medidas especiales en procesos de insolvencia (D. 772/220)
El Decreto 772 de 2020 establece principalmente: 1) Un régimen de insolvencia expedito que consiste en un proceso de reorganización abreviado y un proceso de liquidación judicial simplificado para atender a todos los deudores destinatarios del régimen de insolvencia contenido en la Ley 1116 de 2006; 2) Creación de medidas para el trámite expedito de los procesos de insolvencia como lo son: reducción de requisitos formales de admisión, uso de herramientas tecnológicas y levantamiento de medidas cautelares en procesos ejecutivos o de cobro coactivo que recaen sobre bienes distintos a los sujetos a registro; 3) mecanismos para maximizar el valor de los bienes del deudor y la protección de los compradores de vivienda; y 4) Beneficios tributarios.
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