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Autorización a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. – FINDETER, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica (D. 581/2020)
El Decreto 581 de abril de 2020 establece que a partir de su entrada en vigencia y hasta el 31 de diciembre del presente año, FINDETER podrá otorgar créditos directos a empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales, mixtas y privadas, vigiladas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, con el fin de dotarlas de liquidez y capital de trabajo durante la emergencia sanitaria. Así, FINDETER determinará las condiciones para los créditos que se otorguen, que podrán tener condiciones especiales como la “tasa cero”, un plazo para pago de hasta 40 meses y forma de pago al vencimiento. Los costos y gastos de administración serán asumidos por FINDETER y estas operaciones, estarán exentas de gravamen a los movimientos financieros.
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